Mientras el precio de viviendas, fincas, etcétera, está en máximos históricos, los alquileres se han moderado en los últimos años. Para una primera residencia, el emprendimiento comercial y otras actividades, el arrendamiento es una solución flexible, accesible y segura para ambas partes. Sus beneficios explican por qué el arrendamiento de fincas rústicas en Galicia y de otros bienes inmuebles es una preferencia para inquilinos y propietarios.
A través del contrato de arrendamiento o de alquiler, el propietario de un bien inmueble cede su uso y disfrute a otra persona por un tiempo y pago determinados. Así, el tomador del inmueble o arrendatario se beneficia de la flexibilidad de esta fórmula, cuyas cuotas o mensualidades son además menos costosas que las de un préstamo hipotecario.
Los emprendedores e inquilinos pueden utilizar un inmueble sin molestas esperas ni papeleos excesivos. A esta inmediatez se suma otra ventaja: las reparaciones y reformas por razones de habitabilidad recaen sobre el propietario o arrendador, nunca sobre el arrendatario, lo que significa que las posibles reparaciones que requiere el edificio, no afectarán al presupuesto del tomador, que también podrá buscar otra propiedad al término de su contrato de arrendamiento.
Este tipo de contrato exime al arrendatario de asumir costes adicionales, como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el seguro de hogar o los gastos de la comunidad.
Para las startups y empresas de reciente creación, el arrendamiento es la única vía para comenzar su negocio. La adquisición de locales, terrenos, etcétera, está fuera de su alcance y, en cualquier caso, multiplicaría su inversión inicial y, con ello, el riesgo del emprendimiento.
Por su parte, el alquiler impide que los particulares se comprometan a largo plazo. Si bien la ley establece que la duración mínima de este contrato es de cinco años, los arrendatarios pueden rescindirlo si lo desean, a condición de que hayan transcurrido seis meses desde la firma y avisado con treinta días de antelación.